PERMISO POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD GRAVE
- CINCO DIAS
- ACCIDENTE O ENFERMEDAD GRAVES, HOSPITALIZACIÓN O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN QUE PRECISE REPOSO DOMICILIARIO
Del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella
FUERZA MAYOR RELACIONADA CON MOTIVOS FAMILIARES URGENTES
- CUANDO SEA NECESARIO
- DERECHO A AUSENTARSE DEL TRABAJO POR CAUSA DE FUERZA MAYOR CUANDO SEA NECESARIO POR MOTIVOS URGENTES RELACIONADOS CON FAMILIARES O PERSONAS CONVIVIENTES
En caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata Retribución equivalente a cuatro días al año
PERMISO PARENTAL
- NO SUPERIOR A 8 SEMANAS
- PARA EL CUIDADO DE HIJ@S, O DE NIÑ@S ACOGIDOS POR MÁS DE UN AÑO, Y HASTA LA EDAD DE 8 AÑOS
Pendiente de desarrollo normativo
Intransferible, posibilidad de disfrute con carácter parcial o discontinuo, comunicación a la empresa con una antelación de 10 días o la indicada por convenio colectivo